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19 abril 2024

Zaragoza: los locales en desuso podrán destinarse a vivienda

La Comisión de Urbanismo aprueba la propuesta final de la modificación 176 del PGOU para ampliar los usos de los locales vacíos

Los locales en desuso se podrán destinar a usos culturales o comunitarios, como estacionamientos de coches y bicicletas en zonas densificadas, como almacenes compartidos de ‘última milla’ o reconvertirlos en viviendas

El Ayuntamiento apuesta por aprovechar el patrimonio construido y atajar el deterioro de la escena urbana y el declive de los barrios, a la vez que da cumplimiento al punto 263 del Acuerdo por el Futuro de Zaragoza

El Área de Urbanismo y Equipamientos ha sacado adelante el proyecto de la Modificación Aislada 176 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, relativa a las condiciones para la transformación en viviendas de locales comerciales y otras condiciones de intervención en suelo urbano consolidado. La Comisión municipal del ramo ha aprobado sin ningún voto en contra y con carácter definitivo el expediente en el que, tal y como han señalado los distintos grupos municipales, hay un “excelente trabajo” de los funcionarios del Ayuntamiento por ser “técnicamente impecable”. 

Victor Serrano consejero de urbanismo de Zaragoza. Conoce Aragón GoAragón
Victor Serrano consejero de urbanismo de Zaragoza

VIVIENDAS EN LOCALES

Una parte sustancial de la propuesta elaborada por Urbanismo se refiere a la transformación en viviendas de locales desocupados en planta baja. Se excluyen los locales situados en calles de la malla básica o que lo prohíban sus planes especiales de ordenación de la actividad comercial. En particular, se denegará la transformación cuando el local linde con discotecas, bares con música, pubs u otros locales dedicados a actividades especialmente molestas para las viviendas

Los locales deberán haber estado sin actividad un mínimo de 36 meses anteriores a la solicitud del cambio de uso y una altura mínima de 2,5 metros. Y, aunque la normativa concede cédulas de habitabilidad con 37 metros cuadrados, no podrán acogerse a esta modificación los que no tengan mínimo 45 metros cuadrados útiles (55 m² si hablamos de varias viviendas a partir de plantas bajas superiores a 140 m²). Además, para valorar la viabilidad o adecuación de la entrada a las nuevas viviendas, se tendrán en cuenta las condiciones físicas del zaguán general existente, la admisión de dicho acceso por la comunidad de propietarios y las características del entorno urbano y edificado. No se aceptará el acceso a una vivienda por otra vivienda o por un local de distinto uso.

Además de satisfacer las condiciones de ventilación e iluminación natural exigidas por la normativa genérica, las cocinas de las nuevas viviendas contarán con un sistema adecuado de extracción forzada de humos y gases, que asegure que no se causan perjuicios a los demás departamentos del edificio ni a los espacios exteriores de uso público o colectivo. Dicho sistema dispondrá de un extractor mecánico conectado a un conducto vertical independiente con salida a cubierta o parte superior del edificio. Y cuando, a juicio del Ayuntamiento, sea necesario realizar las salidas de humos de combustión de calderas y calentadores de gas por fachadas o patios comunes, cumplirán las especificaciones técnicas establecidas por la normativa de aplicación. Se utilizarán calderas estancas o de cualquier otro tipo admitido por la normativa sectorial.

Victor Serrano consejero de urbanismo de Zaragoza
Victor Serrano consejero de urbanismo de Zaragoza. Foto: MIGUEL G. GARCÍA

Desde Urbanismo, ha señalado el consejero de Urbanismo, Víctor Serrano, “hemos prestado un especial interés en evitar la posibilidad de que las expectativas de uso residencial eleven el precio de los locales, dificultando aún más el mantenimiento de la actividad comercial, o el entremezclamiento desordenado de viviendas y usos comerciales u hosteleros en las mismas calles, con los consiguientes perjuicios mutuos”. Para evitar estos efectos, la modificación 176 propone un plazo mínimo de desocupación de un local existente para admitir su transformación en vivienda; se han incluido normas de incompatibilidad entre  usos, prohibiendo por ejemplo las nuevas viviendas en zonas declaradas saturadas; y se ha desarrollado un catálogo de calles y plazas (por ejemplo, en la malla básica) en las que no se admite esa transformación, bien para preservar su actual dedicación comercial, bien por entenderse que no reúnen condiciones idóneas para el uso residencial de la planta baja por razones de ruido, excesivo tráfico rodado, etc.

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